Reseña Historica TE Zacatecas

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Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Zacatecas
Reseña Histórica

Reseña histórica

Los antecedente del actual Tribunal Electoral, nacen en la reforma a la Constitución Política del Estado de Zacatecas, el 19 de Noviembre de 1987, publicada en el Periódico Oficial, del Estado, mediante decreto 180; en el que se propone la creación del Tribunal Estatal de lo Contencioso Electoral, como un organismo autónomo, cuyos miembros serán designados por la Legislatura a propuesta de los partidos políticos, y cuya tarea será resolver las inconformidades que se presenten en el proceso electoral.

El de 10 de Marzo de 1995 mediante Decreto, se reforma y adiciona el artículo 20, en el cual establecía una nueva, estructura y funcionamiento del Tribunal Electoral: para garantizar la legalidad de los procesos electorales, estableciendo un sistema de medios de impugnación; el Tribunal Estatal Electoral será el competente para conocer de los recursos que se interpongan, considerado como un órgano autónomo y la máxima autoridad jurisdiccional electoral. Sus resoluciones serán definitivas e inatacables, integrado con cinco magistrados numerarios y un supernumerario que designe la Legislatura del Estado. Además conocerá de las controversias laborales que involucren a los organismos estatales electorales, inclusive el propio Tribunal.

Mediante el decreto número 133, la Legislatura del Estado deja de tener la facultad de erigirse en Colegio Electoral para calificar la elección de Gobernador, pasando dicha atribución a la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Estatal Electoral, y sefaculta a la Legislatura a expedir el bando solemne para dar a conocer en todo el Estado la declaración de Gobernador electo que hubiere hecho el Tribunal Estatal Electoral.

Se reforma el artículo 63 para incorporar, al Tribunal Estatal Electoral como parte del Poder Judicial del Estado.

Se adicionan los artículos 75-A y 75-B, que establecen la organización, competencia y funcionamiento del Tribunal Estatal Electoral integrado en dos Salas, una de Primera Instancia conformada de 5 Magistrados, y otra de Segunda Instancia, con 3 Magistrados; para resolver las impugnaciones que se presenten en las elecciones para Diputados locales y Ayuntamientos; y de la elección de Gobernador Constitucional del Estado.

En la fracción III del artículo 75-B, se establece una fórmula general que permite impugnar todo acto o resolución de autoridad electoral que violando normas constitucionales o legales, ocurre entre 2 procesos electorales que es una de las razones que justifican la necesidad de que el Tribunal Estatal Electoral tenga carácter permanente.

Las reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado de Zacatecas publicadas en el suplemento al número 77 de 24 Septiembre de 1997, en el decreto 185 se reforma el artículo 75-A, párrafo segundo, se considera al Tribunal Estatal Electoral como un órgano especializado del Poder Judicial del Estado, los Magistrados Electorales, serán designados por la Legislatura del Estado, a propuesta del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con una duración en su encargo cuatro años pudiendo ser ratificados. Ya que los requisitos que se necesitan para ser Magistrado Electoral, son los mismos que se exigen para quienes fungen con ese carácter en el Tribunal Superior de Justicia del Estado, con excepción del de la edad, ya que para el caso, será el de no tener más 70 ni menos de 30 años de edad, el día del nombramiento.

En el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado, publicado mediante decreto número 201, de fecha 29 de Octubre de 1997, la LV Legislatura del Estado de Zacatecas, designó a los Magistrados de las Salas de Primera y Segunda Instancia, y en sesión extraordinaria del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, celebrada el 31 de Octubre de 1997 quedó debidamente instalada la Sala de Segunda Instancia. Y en la tercera sesión de la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Estatal Electoral de fecha 08 de Enero de 1998 quedó instalada la Sala de Primera Instancia.

Sin embargo, el suplemento (decreto No. 2 ) al decreto no. 85 del Periódico Oficial del Gobierno del Estado del 24 de octubre del año 2001. Se determinó que el Tribunal Estatal Electoral se integre en una Sala Uniinstancial conformada por cinco Magistrados, correspondiéndole resolver, a través de su Sala en forma definitiva e inatacable, respecto de las impugnaciones en las elecciones para Diputados locales y de Ayuntamientos; las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Gobernador del Estado. La realización del cómputo final de la elección de Gobernador del Estado; una vez resueltas las impugnaciones que se hubiesen interpuesto, en su caso, procederá a formular la declaración de validez de la elección y la de Gobernador electo; respecto de las impugnaciones de actos y resoluciones de la autoridad electoral.

Actualmente la Sala Uniinstancial del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado está conformado por cinco Magistrados electorales siendo los CC. Licenciados MANUEL DE JESUS BRISEÑO CASANOVA, JOSE GONZALEZ NUÑEZ, FELIPE GUARDADO MARTINEZ, EDGAR LOPEZ PEREZ, y como Magistrada Presidenta del Tribunal de Justicia Electoral la Licenciada SILVIA RODARTE NAVA.


Inklusion
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