SALA SUPERIOR DEL TEPJF ORDENÓ A LOS CONSEJOS DISTRITALES DEL IEEM NOTIFICAR A 116 MUNICIPIOS MEXIQUENSES QUÉ PROPAGANDA DEBEN RETIRAR

28/junio /2011 / Sala Superior 59/2011

México, D. F.,a

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a los consejos distritales del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) notificar a 116 ayuntamientos de esa entidad, dentro de sus respectivas jurisdicciones, qué propaganda gubernamental deberán retirar y cuál podrá permanecer, conforme a derecho.

Lo anterior, luego de modificar el punto sexto del acuerdo del Secretario Ejecutivo General del IEEM, por el que determinó adoptar provisionalmente la implementación de medidas cautelares consistentes en el retiro de la propaganda gubernamental en esos municipios.

La Coalición "Unidos Podemos Más" (PRD, PT, Convergencia) denunció que el funcionario del IEEM dejó al arbitrio de las alcaldías la decisión de definir qué propaganda retirar y cuál no, cuando la ley establece que es facultad de las autoridades electorales.

En el proyecto de sentencia, presentado por la magistrada María del Carmen Alanis, presidenta de la Sala Superior del TEPJF, se dio la razón a la coalición denunciante, porque enfatizó que la función estatal de organizar las elecciones, vigilar su desarrollo y legalidad, sustanciar y resolver posibles quejas e implementar las medidas cautelares, es tarea en este caso del IEEM.

Los magistrados Constancio Carrasco, Flavio Galván, José Alejandro Luna, Salvador Nava y Pedro Esteban Penagos, coincidieron con este proyecto.

Galván Rivera destacó que, aunque el juicio de revisión constitucional es de estricto derecho y la coalición quejosa solicitó que fuera el Secretario Ejecutivo General del IEEM quien determinara la propaganda a retirarse, ante lo cercano de los comicios –el 3 de julio-, coincidió en que lo conveniente es instruir a los consejos distritales al respecto, por ser quienes cuentan con las bitácoras que describen las características de la propaganda denunciada.

Alanis Figueroa subrayó que se vinculó al funcionario del instituto electoral local a dar seguimiento al cumplimiento de esta sentencia, y notifique de ello a este organismo jurisdiccional.

Confirman negativa de medidas cautelares en Coahuila
La Sala Superior del TEPJF confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral, mediante el que declaró improcedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas por Rubén Ignacio Moreira Valdez y el PRI, consistentes en la suspensión de la difusión de promocionales de la coalición "Coahuila Libre y Seguro" (PAN, UDC) y su candidato a gobernador de ese estado, José Guillermo Anaya Llamas.

Moreira Valdez denunció que esos mensajes lo denigran y calumnian, por contener las palabras “nepotismo” y “corrupción”, así como las frases “más violencia” y “miedo por todas partes”.

En el proyecto de sentencia, presentado por el magistrado Penagos López, se consideró que, al analizar esas expresiones en el contexto de la campaña electoral coahuilense, forman parte del debate político, constituyen una opinión o crítica dura de quien las firma, y resultan insuficientes para conceder las medidas cautelares solicitadas.

Por otra parte, se confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México, con la que sobreseyó un recurso de apelación contra un acuerdo del IEEM, relativo al registro de la candidatura de Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, como candidato a la gubernatura mexiquense por la coalición "Unidos Podemos Más" (PRD, PT, Convergencia).

Para finalizar la sesión, se desecharon dos juicios de revisión constitucional presentado por Convergencia en Durango, y la coalición “Unidos Podemos Más”, porque se habían resuelto ya las controversias supuestamente no atendidas por los órganos electorales locales.

En sesión pública de este día, la Sala Superior del TEPJF resolvió 1 juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano; 3 juicios de revisión constitucional electoral y 2 recursos de apelación, que suman un total de 6 medios de impugnación.

-0-