Confirma Sala Xalapa elección de consejeros del PAN en Veracruz

14/junio /2011 / Sala Regional Xalapa 26/2011

Xalapa, Ver.

La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Acción Nacional (PAN) que validó la Asamblea en la que se realizó la elección de consejeros estatales de Veracruz, impugnada por Roberto Cadena Ortiz y otros, quienes argumentaron diversas irregularidades antes y durante la celebración de la citada asamblea.


Lo anterior es así, ya que, por mayoría, el pleno de la Sala determinó que las irregularidades consistentes en que quien organizó la asamblea participó como aspirante, que no se publicaron las listas de delegados que participarían, que no circularon la currícula de los aspirantes, que las boletas no estaban foliadas, entre otras; no fueron suficientes para anular la elección como pretendían los actores.

Asimismo, los demandantes estimaron inconstitucional que quienes organizan la asamblea estatal participen al mismo tiempo como candidatos; sin embargo, el pleno de la Sala, por unanimidad, desestimó dicho agravio toda vez que la condición que impide ser juez y parte en un mismo proceso es un principio inherente a todo sistema, sin necesidad de constar por escrito. De ahí que la falta de la regulación expresa al respecto es insuficiente para demostrar la inconstitucionalidad de la norma cuestionada.

Además, los actores también consideraron como inconstitucional el párrafo segundo del artículo noveno del Reglamento de los Órganos Estatales y Municipales, que establece un voto ponderado a favor de los miembros del Comité Directivo Estatal, situación que desde su punto de vista trastoca el principio de igualdad.

Sin embargo, las magistradas señalaron que la diferenciación del valor del voto entre los delegados municipales y el Comité Directivo Estatal a que hace referencia el artículo noveno del reglamento en cuestión, sí respeta el principio de igualdad y no discriminación, en tanto que la ponderación de los votos se realiza en atención a que lo emiten por un lado delegados municipales, esto es, personas designadas para representar a los militantes de un municipio y, por otro lado, un órgano del partido.

Por otro lado, el pleno de la Sala Xalapa revocó, por mayoría, la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz, que había desechado por falta de definitividad el recurso promovido por Lilia Ivette Carballo Paredes, candidata a presidenta del Comité Directivo Municipal del PAN en Tuxpan; y ordenó al Tribunal local conocer de fondo el asunto.

Este día, la Sala Xalapa resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.


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