FORTALECER LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO, QUEHACER FUNDAMENTAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL: MAGDO. OROZCO HENRÍQUEZ
1 /diciembre /2005 / Sala Superior 82/2005
México, D.F.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación está consciente del reto y compromiso con la justicia y la vigencia del Estado constitucional democrático de derecho, y desde su instalación en noviembre de 1996 hasta el presente, su trabajo se ha orientado a beneficiar y fortalecer los derechos político electorales de los ciudadanos y vigilar que todos los actos de las autoridades electorales se sujeten invariablemente a los principios de constitucionalidad y legalidad, afirmó el magistrado José de Jesús Orozco al participar en el Seminario para Formadores de Opinión que organizan autoridades federales.
Teniendo como título de su ponencia El papel del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación como Órgano Garante de la Constitucionalidad y Legalidad en Materia Electoral, el magistrado José de Jesús Orozco Henríquez destacó la función garantista y antiformalista que ha caracterizado al Tribunal Electoral durante su desempeño.
El magistrado Orozco Henríquez presentó un panorama sobre las principales tesis jurisprudenciales y relevantes emanadas del TEPJF al momento de impartir justicia. Así, clasificó en siete grandes rubros la tarea jurisprudencial:
2.La protección amplia de los derechos político electorales del ciudadano
3.El fortalecimiento del sistema de partidos políticos
4.La democracia interna de los partidos políticos
5.Las elecciones en pueblos y comunidades indígenas
6.Los criterios relativos al derecho administrativo sancionador electoral
7.El control efectivo de la regularidad constitucional y legal en materia electoral
El magistrado Orozco Henríquez, quien es licenciado en Derecho, con mención honorífica, por la Universidad Nacional Autónoma de México y Maestro en Derecho Comparado por la Universidad de California en Los Ángeles, Estados Unidos de América, destacó la evolución que la materia electoral ha tenido en el país. Ahora, recordó, enfrentamos una problemática diferente a la de los 90´s y la nueva problemática refleja, sustancialmente, que se ha superado con eficacia los planteamientos de hace unos años.
Respecto a la fiscalización, vigilancia y eventual imposición de sanciones a las fuerzas políticas que pudieran incurrir en irregularidades, pidió a los formadores de opinión recordar la energía y decisión que las autoridades electorales -administrativas y jurisdiccionales- tuvieron al momento de revisar lo relativo a los informes rendidos con relación al proceso electoral federal de 2000.
Los partidos y actores políticos, dijo, deben estar conscientes de que si se llegara a cometer alguna falta, las autoridades cuentan con la decisión y eficacia para registrarla y actuar en consecuencia. La energía con la que se actuó en relación con el proceso electoral de 2000 no tiene parangón en las democracias consolidadas de América y Europa e incluso las eventuales ineficiencias que pudiera tener la normatividad electoral nacional, debe ser vista en el contexto de la problemática que afrontan, en su mayoría, las democracias de otras latitudes y, en las cuales, no siempre se cuenta con precedentes en la materia. Lo anterior, acotó, no es un consuelo, sino que debe motivar a seguir luchando para consolidar la democracia.
En su intervención, el magistrado Orozco Henríquez admitió que en México existe un índice alto de litigios sometidos a la autoridad electoral, comparativamente con otras democracias del mundo; sin embargo, indicó, este aspecto puede ser visto como un reflejo de la existencia de canales institucionales que permiten la solución de las controversias por la vía del derecho y la confianza que la autoridad transmite a los diferentes actores políticos que acuden a ella para resolver los conflictos.
Por último, negó que el Tribunal sea el gran elector o decisor en la renovación de las autoridades constitucionales. Una elección, reiteró, se decide en las urnas. De lo que se trata con la existencia de la autoridad jurisdiccional, es que el órgano judicial facultado resuelva, cuando alguien realice un planteamiento al respecto, si la elección fue democrática, libre y auténtica. El Tribunal, aseguró, no puede ni ha hecho, además ni lo pretende, alterar la voluntad de la ciudadanía o sacar votos de alguna elección.