El TEPJF confirmó que la queja contra Andrea Chávez por actos anticipados de campaña es competencia del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua
23/Abril /2025 / Sala Superior 171/2025
Ciudad de México
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, confirmó el acuerdo de incompetencia emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), para conocer de la presunta comisión de actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y propaganda gubernamental, por la realización de las “caravanas” y “brigadas de salud” en Chihuahua.
Se consideró que las conductas denunciadas inciden en la esfera de competencia del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, toda vez que sólo tienen efectos en el estado y la naturaleza del cargo de la denunciada no es el elemento que define la competencia de la autoridad electoral.
En sesión pública por videoconferencia se analizó el proyecto del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, por el que se razonó que la UTCE analizó correctamente la queja, pues sí se denunció a la senadora por promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, así como por actos anticipados de campaña. Por tanto, la UTCE no llevó a cabo un estudio deficiente o incompleto de la queja.
En consecuencia, se confirmó la declaratoria de incompetencia y la remisión del asunto al Instituto Electoral de Chihuahua (SUP-REP-69/2025).
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