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La Sala Regional Xalapa del TEPJF valida paridad de género en el ayuntamiento de Santa María del Tule, Oaxaca

14/Enero /2026 / Sala Regional Xalapa 2/2026

Xalapa Ver.

Xalapa, Veracruz.— En sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el expediente JNI/131/2025, que revocó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-187/2025, del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, mediante el cual declaró jurídicamente no válida la elección ordinaria de concejalías al ayuntamiento de Santa María del Tule, que electoralmente se rige por Sistema Normativo Interno.

 

Al analizar el caso, la Sala Xalapa consideró infundados los agravios de la parte actora, al estimar que el Tribunal local sí analizó el caso desde un enfoque intercultural, interseccional y con perspectiva de género, atendiendo al contexto social, cultural y normativo del municipio. 

 

Ello, porque, se eligieron en las concejalías a 3 mujeres propietarias y 6 suplentes la cuales colaboran activamente al contar con voz y voto en la toma de decisiones comunitarias, por lo que su participación no puede considerarse meramente simbólica o accesoria, por lo que se satisface el Principio de Paridad de manera ponderada. 

 

Es por ello, que el Tribunal sí actuó tomando en cuenta el contexto social, cultural y normativo del municipio, respetando la libre determinación y autonomía de la comunidad zapoteca para elegir a sus autoridades municipales. 

 

La Sala Regional Xalapa subrayó que dicha elección representa un avance significativo en la participación política de las mujeres zapotecas al garantizar su intervención real y efectiva en los asuntos públicos del municipio, en condiciones de igualdad y libre de discriminación. 

 

Finalmente, este Tribunal sostuvo que la decisión es congruente con el principio de progresividad de los derechos humanos, al fortalecer el ejercicio de los derechos político-electorales desde una perspectiva sustantiva, sin desconocer el pluralismo jurídico ni los sistemas normativos internos. 

 

En la sesión pública celebrada el 14 de enero, se resolvieron 09 medios de impugnación: 07 juicios de la ciudadanía federales, un juicio general y un recurso de apelación.

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