La Sala Regional Xalapa resuelve medios de impugnación en materia de asignación de regidurías y violencia política contra las mujeres en razón de género.
23/Diciembre /2025 / Sala Regional Xalapa 46/2025
Xalapa Ver.
La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió diversos medios de impugnación relacionados con la asignación de regidurías en Veracruz y con la implementación de medidas de reparación integral en casos de violencia política contra las mujeres en razón de género.
En el expediente SX-JDC-824/2025, la Sala Regional confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz, dictada en el expediente TEV-JDC/464/2025, mediante la cual se ratificó el acuerdo OPLEV/CG399/2025, relativo a la asignación supletoria de diversas regidurías en el estado de Veracruz.
El medio de impugnación fue promovido por la candidatura a la segunda regiduría del Ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza, Veracruz, postulada por el partido político MORENA. Al resolver, la Sala Regional sostuvo que el principio de paridad de género no puede aplicarse en detrimento de los derechos político-electorales de las mujeres, por lo que no resulta válido invocar un criterio de igualdad para desplazar derechos ya reconocidos en la asignación de cargos de representación proporcional.
Con esta determinación, quedaron firmes las asignaciones supletorias de regidurías y se dieron por concluidas las impugnaciones relacionadas con regidurías en el estado de Veracruz.
Por otra parte, al resolver el expediente SX-JG-203/2025 y acumulado, la Sala Regional Xalapa confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), relacionada con un caso de violencia política contra las mujeres en razón de género ocurrido durante el proceso electoral 2023-2024 en el municipio de Chalcatongo de Hidalgo, Oaxaca.
En dicho asunto, se acreditó que una mujer indígena mixteca fue víctima de actos de simulación en su candidatura, al solicitar el voto sin haber sido registrada formalmente y, posteriormente, no ser llamada a rendir protesta pese a resultar vencedora. Como consecuencia, la autoridad local ordenó medidas de reparación integral con enfoque transformador, entre ellas, la implementación de acciones preventivas por parte de todos los partidos políticos con registro local.
Los partidos recurrentes alegaron que no podían ser obligados a cumplir dichas medidas al no haber sido parte en el procedimiento sancionador. No obstante, esta Sala Regional determinó que las medidas de reparación integral son válidas, al tratarse de daños estructurales derivados de la violencia política contra las mujeres en razón de género, cuya prevención corresponde a todos los partidos políticos, en atención a los principios constitucionales de paridad, igualdad y no discriminación, así como a la protección reforzada de los derechos político-electorales de las mujeres, en particular de mujeres indígenas.
Con estas resoluciones, la Sala Regional Xalapa reafirma su compromiso con la tutela efectiva de los derechos político-electorales de las mujeres, la erradicación de prácticas de simulación en candidaturas y la construcción de condiciones reales de igualdad en la vida política y electoral.
En la sesión pública celebrada el 23 de diciembre, se resolvieron 16 medios de impugnación: 8 juicios ciudadanos federales y 8 juicios generales.