La Sala Regional CDMX confirma la resolución del Tribunal Electoral de Puebla sobre paridad de género en candidaturas del PAN
30/Octubre /2025 / Sala Regional Ciudad de México 70/2025
Ciudad de México
La Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución que, a su vez, modificó las providencias del Partido Acción Nacional (PAN) para que las candidaturas a la presidencia del Comité Directivo Municipal de dicho partido en Puebla fueran reservadas exclusivamente para mujeres.
En sesión pública, al resolver los juicios SCM-JRC-32/2025 y acumulados, el Pleno determinó desechar el juicio de revisión constitucional promovido por el PAN al carecer de legitimación activa, así como sobreseer y desechar diversos juicios de la ciudadanía presentados por integrantes de la militancia al carecer de interés jurídico y legítimo.
En cuanto al fondo, la Sala concluyó que la resolución impugnada no vulneró los principios de relatividad, exhaustividad ni certeza, pues el Tribunal Local actuó dentro de sus atribuciones al verificar el cumplimiento del principio constitucional de paridad de género y ordenar medidas para garantizar la igualdad sustantiva.
El proyecto destaca que, si bien el PAN cumplió con la paridad de forma global en la entidad, el Tribunal poblano analizó correctamente el contexto histórico del municipio de Puebla, donde la presidencia del comité municipal ha sido ocupada casi exclusivamente por hombres, evidenciando una desigualdad estructural. Por ello, la reserva de la candidatura para mujeres se consideró una medida idónea y proporcional para asegurar la alternancia de género.
Con esta resolución, la SRCDMX reitera su compromiso con la protección efectiva de los derechos político-electorales de las mujeres y con el fortalecimiento del principio de paridad en la vida interna de los partidos políticos.
La Sala Regional CDMX confirma la improcedencia de la entrega de credencial para votar ante irregularidades en el acta de nacimiento
La Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedente la entrega de la credencial para votar solicitada por una ciudadana, debido a las inconsistencias detectadas en el acta de nacimiento presentada ante la autoridad electoral.
En el proyecto correspondiente al juicio SCM-JDC-259/2025 se analizó la secuela procesal seguida ante el Instituto Nacional Electoral (INE) y ante esta Sala, en la cual se advirtieron diversas irregularidades en el registro de nacimiento de la promovente.
Derivado de lo anterior y, ante la falta de certeza respecto de la validez del documento exhibido, el Pleno determinó que la ciudadana no cumplió con los requisitos necesarios para la expedición de la credencial para votar.
Con esta decisión, la SRCDMX respaldó la obligación del INE de garantizar la integridad, probidad y certeza del padrón electoral, al impedir el uso de documentación cuya autenticidad no puede ser plenamente verificada.