NO SE ACREDITÓ VULNERACIÓN A PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES POR PARTE DE CANDIDATO A MAGISTRADO ELECTORAL NI DE LA CANACO SERVYTUR-JUÁREZ: SALA ESPECIALIZADA
23/Julio /2025 / Sala Regional Especializada 21/2025
CDMX
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que no se acreditó la vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda por parte de un candidato a magistrado electoral ni por la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Ciudad Juárez (CANACO-SERVYTUR-JUÁREZ).
El Pleno determinó que la organización de un encuentro con integrantes del sector empresarial de Chihuahua a cargo del citado organismo privado, así como la asistencia y posterior difusión del evento por parte del candidato en sus redes sociales, no implicaron el uso de recursos públicos de ningún tipo.
Asimismo, se precisó que el evento en cuestión fue de carácter privado. Esta modalidad, de acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), no vulnera el principio de equidad en la contienda, aún cuando haya participado únicamente una persona aspirante.
Finalmente, las magistraturas señalaron que en este caso no resulta aplicable la prohibición relativa a la entrega o distribución de bienes o servicios, establecida para la elección extraordinaria del Poder Judicial de la Federación, ya que el evento se realizó en abril, mientras que el acuerdo del Consejo General del INE que impuso dicha restricción fue emitido el 17 de mayo.