LA SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMÓ LA DETERMINACIÓN DEL TEEO DE DECLARAR IMPROCEDENTE LA DECLARATORIA DE AUTOADSCRIPCIÓN COMO PARTIDO POLÍTICO INDÍGENA Y AFROMEXICANO SOLICITADA POR FUERZA POR OAXACA
15/Abril /2025 / Sala Regional Xalapa 15/2025
Xalapa - Enríquez, Veracruz
En sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el recurso de apelación RA/05/2025 que, asimismo, confirmó la resolución IEEPCO-RCG-07/2025 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de dicha entidad federativa (IEEPCO) que, entre otras cuestiones, declaró improcedente la declaratoria de autoadscripción como partido político indígena y afromexicano solicitada por el partido político local Fuerza por Oaxaca (FXO).
Es preciso señalar que la pretensión de FXO al impugnar ante esta instancia federal era que revocara la sentencia impugnada, así como la resolución del IEEPCO a fin de que se declarara procedente su solicitud de autoadscripción, reconocimiento y registro como partido político indígena en el estado de Oaxaca.
El Pleno de la Sala determinó que no le asistía la razón a FXO, ya que como lo precisó el TEEO en la instancia local, en este momento el IEEPCO no está en posibilidades de emitir un pronunciamiento diverso respecto a la petición de FXO de ser reconocido como partido político indígena, ya que, en la actualidad, no existen lineamientos que regulen dicho reconocimiento, lo que implica una imposibilidad material para pronunciarse sobre tal pretensión.
En la sesión pública celebrada el 15 de abril, se resolvieron 10 medios de impugnación: nueve juicios ciudadanos federales y un juicio general.
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