LA SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMÓ NEGATIVA DEL INE EN OAXACA DE OTORGAR UN REGISTRO DE “IDENTIDAD JURÍDICA SINTÉTICA” Y EXPEDIR UNA CREDENCIAL PARA VOTAR A UN METAHUMANO
25/Febrero /2025 / Sala Regional Xalapa 10/2025
Xalapa - Enríquez, Veracruz
En sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la negativa de la Vocalía del Registro Federal de Electores de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en Oaxaca, de realizar el registro solicitado por un ciudadano de dicha entidad federativa, de lo que denominó “identidad jurídica sintética” y expedir la credencial para votar a favor del metahumano Turing.
Es preciso señalar que un metahumano representa una réplica digital que asemeja la apariencia de una persona real, producto de la combinación de diferentes tecnologías, como la inteligencia artificial; en el caso de “Turing”, brinda asesoría legal de marcas comerciales, proporcionando información sobre la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, sentencias y jurisprudencias en dicha materia; además, de facilitar soluciones de controversias en tiempo real mediante voz.
En su demanda, el promovente controvirtió la decisión del INE al considerar que indebidamente asumió que la identidad y los derechos están exclusivamente ligados a seres humanos y entidades morales, sin realizar un análisis e interpretación evolutiva, progresiva y funcional de estos, tomando en cuenta que en la era virtual están surgiendo nuevas formas de identidad que merecen ser exploradas legalmente.
El Pleno de la Sala Regional determinó que, no le asistió la razón al promovente, ya que el INE no podría atender su petición puesto que no tiene la facultad para otorgar el reconocimiento de identidad a las personas físicas o entes artificiales de cualquier naturaleza jurídica; dado que, su labor como autoridad electoral se ciñe a garantizar los derechos político-electorales de la ciudadanía, entre ellos, el de obtener la credencial para votar con fotografía para el ejercicio de tales derechos, la cual es otorgada por dicha autoridad administrativa a quienes cumplen con los requisitos establecidos legalmente.
Por consiguiente, el INE no fue omiso en realizar una interpretación progresiva y evolutiva de los derechos humanos, planteada por el promovente, porque su decisión se ajustó al parámetro de control legal del que dispone para realizar su función.
En la sesión pública celebrada el 25 de febrero, se resolvieron 9 medios de impugnación: siete juicios ciudadanos federales y dos juicios generales.
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