SRCDMX resuelve impugnaciones relativas a la asignación de regidurías de representación proporcional en 44 ayuntamientos del estado de Hidalgo

04/Septiembre/2024 / Sala Regional Ciudad de México 69/2024

Ciudad de México

Por unanimidad, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió impugnaciones contra la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) que revocó parcialmente el acuerdo del instituto local (IEEH) de asignación de regidurías por representación proporcional (RP) en 44 ayuntamientos del estado de Hidalgo.

Al resolver el juicio SCM-JDC-2245/2024 y acumulados, el pleno desestimó los agravios relacionados con la falta de exhaustividad de la resolución local y el registro de candidaturas, ello, porque la interpretación que se pretende es incorrecta, toda vez que no se controvierte las razones que sustentan la resolución impugnada u ofrecieron las pruebas necesarias para acreditar los agravios.

Aunado a lo anterior, se concluyó que fue incorrecta la interpretación del TEEH respecto al alcance de la figura de la reelección en 19 ayuntamientos porque las personas que hubieran ejercido una regiduría propietaria de RP en el periodo inmediato anterior tenían una prohibición expresa contenida en la Constitución local para ser reelectas.

En consecuencia, la Sala Regional revocó la resolución impugnada (SCM-JDC-2245/2024 y acumulados) para que se restituya la asignación de regidurías de representación proporcional en 19 ayuntamientos [Mixquiahuala de Juárez, Atitalaquia, Tizayuca, Cardonal, Singuilucan, Huichapan, Singuilucan, Mineral de la Reforma, Atitalaquia, Juárez Hidalgo, Zapotlán de Juárez, Acatlán, Agua Blanca de Iturbide, Tula de Allende, Tecozautla, Tepeji del Rio de Ocampo, Actopan, Tula de Allende así como Atotonilco de Tula] y confirmó el acuerdo del IEEH, así como las constancias de asignación. 

Finalmente, las demandas del juicio SCM-JDC-2271/2024, SCM-JRC-217/2024 y SCM-JRC-221/2024 se desecharon porque quedaron sin materia ante lo resuelto en el juicio SCM-JDC-2245/2024 y acumulados.