MELITÓN MORALES Y LUIS RAMÍREZ COMETIERON VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO CONTRA SUSANA HARP: SALA ESPECIALIZADA
29/Agosto /2024 / Sala Regional Especializada 34/2024
CDMX
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación multó con 5 mil 187 pesos a Melitón Morales Sabino y Luis Ángel Ramírez García por cometer violencia política de género contra la senadora Susana Harp.
Una vez que la sentencia quede firme deberán ser inscritos en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del INE por un año seis meses, deberán ofrecer una disculpa pública y tomar un curso en materia de género.
Estas personas crearon las cuentas de Facebook e Instagram, a través de las cuales se difundieron, entre el 17 de octubre y 10 de noviembre de 2023, anuncios pagados que reproducen estereotipos y roles de género, en contravención del ejercicio de los derechos político-electorales de la senadora.
El Pleno concluyó que la violencia simbólica, psicológica, digital y análoga, afectó e invisibilizó sus aspiraciones para participar en un proceso electoral (SRE-PSC-465/2024).
En sesión pública, la Sala también multó con 4 mil 342.80 pesos a Feliciano Cruz Hernández, líder de la Unión Regional de Ejidos y Comunidades de la Huasteca Hidalguense, por cometer violencia política de género, con expresiones emitidas en un evento realizado en Huejutla de los Reyes, Hidalgo, el pasado 8 de mayo.
Una vez que la sentencia quede firme, Cruz Hernández deberá ser inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en Razón de Género del INE por un plazo de un año seis meses, deberá ofrecer una disculpa pública y tomar un curso en materia de género.
Por mayoría, el Pleno determinó que sus manifestaciones tuvieron como objetivo incitar a quienes participaron en el evento citado a generar un daño físico a la denunciante (quien además de ser mujer, pertenece a una comunidad indígena) y menoscabar sus aspiraciones electorales.
La incitación a la violencia en contra de la denunciante (en su discurso, Feliciano Cruz pidió a amarrarla hasta que cumpliera lo que él consideró promesas incumplidas) se tradujo en violencia de carácter física, digital, psicológica y simbólica, concluyó el Pleno.
Lo anterior, porque se acreditó que, en el contexto en que se emitieron las expresiones denunciadas, no es una práctica ajena a la población el amarrar físicamente a personas por considerar que realizaban prácticas contrarias a lo aceptado socialmente (SRE-PSC-462/2024).