LA SALA REGIONAL XALAPA ORDENÓ AL TEQROO RESOLVER ASUNTOS RESPECTO AL REGISTRO DE CANDIDATURAS POR LA ACCIÓN AFIRMATIVA DE DISCAPACIDAD EN OTHÓN P. BLANCO, SOLIDARIDAD Y COZUMEL, QROO

08/Mayo /2024 / Sala Regional Xalapa 21/2024

Xalapa-Enríquez, Veracruz.

En sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó diversas sentencias emitidas por el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQRoo) que desecharon, por falta de interés jurídico, los juicios promovidos por una ciudadana y un ciudadano de dicha entidad federativa, respectivamente, presentados en contra de los acuerdos emitidos por el Instituto Electoral local (IEQRoo) con los que aprobó las solicitudes de registro de aspirantes a candidaturas y candidaturas independientes postuladas por acciones afirmativas, entre ellas, de discapacidad, para las elecciones de ayuntamientos y diputaciones en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024; en particular: 

a) El Acuerdo IEQROO/CG/A-112-2024 que aprobó la solicitud de registro de la planilla de candidaturas a miembros del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, en específico, la fórmula para acceder al cargo de la primera Regiduría, postulada por la Coalición parcial "Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo" —conformada por los partidos MORENA, del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM)—.

b) Los acuerdos IEQROO/CG/A-085/2023, IEQROO/CG/A-105-2024 y IEQROO/CG/A-098-2024, con los que se aprobaron los registros de candidaturas de los municipios de: Othón P. Blanco, en lo que atañe a la primera Regiduría; Solidaridad, tocante al cargo de Síndico propietario; y Cozumel, en cuanto al registro de la candidaturas al cargo de Síndica propietaria, todas ellas, presentadas por Coalición “Fuerza y Corazón por Quintana Roo” —integrada por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) —. 

Toda vez que, el TEQRoo pasó por alto que las demandas se presentaron por personas pertenecientes al grupo vulnerable al que consideran lesiona el acto impugnado por incumplir la acción afirmativa en favor de la población con discapacidad. Por tanto, la parte promovente sí cuentan con interés legítimo para controvertir la postulación de las candidaturas en mención.

En consecuencia, se ordenó al TEQRoo que emita nuevas resoluciones en las que analice los planteamientos hechos y determine lo que en Derecho corresponda.

En la sesión pública celebrada este 08 de mayo, se resolvieron 27 medios de impugnación; 23 juicios ciudadanos, tres juicios electorales y un recurso de apelación.

 

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