SRCDMX revoca resoluciones del TEEP que desecharon demandas relacionadas con la expulsión de militantes del PRI

25/Abril /2024 / Sala Regional Ciudad de México 28/2024

Ciudad de México

  • Se desecha demanda para controvertir resolución del INE relativa al inicio de un procedimiento oficioso para transparentar recursos en beneficio de una precandidatura en la Ciudad de México

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por unanimidad, revocó las resoluciones emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que desecharon los medios de impugnación relacionados con la expulsión de las partes actoras del Partido Revolucionario Institucional (PRI) por parte de la Comisión Nacional de Justicia.

Al resolver los juicios SCM-JDC-684/2024 al SCM-JDC-688/2024, el pleno determinó que el TEEP procedió indebidamente al desechar las demandas. Se advirtió que era incorrecto basar la decisión en la fecha en que las partes actoras afirmaron haberse enterado de su expulsión a través de los medios de comunicación, ya que esto no garantizaba que estuvieran informadas de las razones y fundamentos de la misma, elementos esenciales para el ejercicio efectivo de su derecho a la defensa. 

En ese sentido, las sentencias enfatizan que, para declarar la extemporaneidad de un medio de impugnación, es esencial que el órgano jurisdiccional establezca una fecha cierta a partir de la cual se pueda demostrar que las partes involucradas adquirieron un conocimiento completo y detallado del acto impugnado, así como de sus razones y fundamentos. 

Por lo tanto, dado que en los casos resueltos no hay evidencia clara que determine cuándo se obtuvo dicho conocimiento, era esencial optar por una interpretación jurídica que favorezca el acceso a la justicia.

En consecuencia, la Sala Regional revocó las resoluciones impugnadas para que el TEEP resuelva los juicios locales. 

Se desecha demanda para controvertir resolución del INE relativa al inicio de un procedimiento oficioso para transparentar recursos en beneficio de una precandidatura en la Ciudad de México

La Sala Regional, por mayoría, desechó la demanda que interpuso el Partido Acción Nacional (PAN) para controvertir la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en la que, entre otras cosas, se determinó el inicio de un procedimiento oficioso contra MORENA, a efecto de transparentar el origen y destino de los recursos a consecuencia de la exhibición de espectaculares relacionados con su precandidata a la alcaldía Benito Juárez en la Ciudad de México.

Al resolver el recurso SCM-RAP-11/2024, la mayoría del pleno consideró que la demanda fue presentada de manera extemporánea en tanto que del expediente se desprenden elementos a partir de los cuales se acreditó que al recurrente le surtió efectos la notificación automática de la resolución impugnada desde la fecha de celebración de la sesión del Consejo General del INE en que la misma fue aprobada.

Al respecto, el magistrado José Luis Ceballos Daza formuló un voto particular al estimar que la notificación automática no se debía tener por actualizada en tanto que la resolución impugnada fue materia de engrose y, por tanto, el plazo para analizar la oportunidad en la presentación de la demanda debió computarse a partir de la notificación de la resolución impugnada en su integralidad, es decir, a partir de la fecha de notificación del engrose y no de una sola de sus conclusiones.