EL PRESIDENTE NO VULNERÓ PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES CON MAÑANERA DEL 8 DE MARZO: SALA ESPECIALIZADA

25/Abril /2024 / Sala Regional Especializada 16/2024

CDMX

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el presidente, Andrés Manuel López Obrador, no vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda ni usó indebidamente recursos públicos con expresiones realizadas en la conferencia de prensa conocida como “mañanera” del pasado 8 de marzo.

El Pleno consideró que las manifestaciones denunciadas no constituyeron mensajes de índole electoral prohibidos como llamados de apoyo o de voto por alguna opción política (SRE-PSC-105/2024).

En sesión pública, la Sala también determinó que Jorge Álvarez Máynez no cometió calumnia en contra de Ricardo Sheffield. Lo anterior, porque las expresiones emitidas por Álvarez Máynez retomaron aspectos del debate público.

Al no acreditarse la infracción electoral, se determinó a su vez que Movimiento Ciudadano no faltó a su deber de cuidado (SRE-PSC-108/2024).

Sin embargo, las emisoras XHSPRLA-TDT (canal 34.3) y XHSPRCE-TDT (canal 20.3) fueron multadas con 5 mil 428.5 pesos cada una por incumplir con una medida cautelar dictada por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.

El Pleno también determinó que Morena difundió propaganda política que vulneró el interés superior de la niñez en publicaciones realizadas en las cuentas de X, Facebook e Instagram administradas por el partido. Por ello, se le impuso una multa de 16 mil 285.50 pesos (SRE-PSC-104/2024).