CELEBRA TEPJF PRIMER SESIÓN PÚBLICA DEL 2004.
22/enero /2004 / Sala Superior 1/2004
México, D.F.
- Se confirma la cancelación del registro al Partido Civilista Morelense
- Se ratifica la multa por mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal aplicada por el IFE a Convergencia Partido Político Nacional
- Revocan multa de mil días de salario mínimo al PVEM.
En lo que fue la primer sesión pública de 2004, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió 30 medios de impugnación promovidos por ciudadanos y partidos políticos, los cuales, en su gran mayoría, se encuentran relacionados con los diversos procesos electorales de las entidades del país.
La Sala Superior integrada por los magistrados Leonel Castillo González, José Luis de la Peza, Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, José de Jesús Orozco Henríquez, Mauro Miguel Reyes Zapata y José Fernando Ojesto Martínez Porcayo resolvieron cinco recursos de apelación en contra de resoluciones de autoridades del Instituto Federal Electoral (IFE), siete juicios de revisión constitucional electoral y 18 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano (JDC).
Además de resolver las impugnaciones contra la autoridad electoral federal, la Sala Superior dictó sentencia sobre juicios promovidos en los estados de Jalisco, Morelos, Durango, Aguascalientes, Oaxaca, Veracruz y Michoacán.
En relación con los recursos de apelación resueltos en la sesión de hoy, se ratificó la multa por mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal aplicada por el Consejo General del IFE a Convergencia, Partido Político Nacional, así como la supresión total del financiamiento público por un año a Universitarios en Acción, Agrupación Política Nacional, debido a que presentó documentación falsa en los informes anuales de ingresos y egresos correspondiente al ejercicio 2002.
En contraste, se determinó que el Instituto Federal Electoral debe reponer el procedimiento para determinar si procede o no sancionar al Partido Revolucionario Institucional por violaciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Al respecto, se indicó que el IFE deberá acopiar las pruebas e información necesarias para determinar si son ciertos o no algunos hechos denunciados por el Partido de la Revolución Democrática y que habían motivado una sanción por cuatro míl días de salario mínimo en contra del tricolor. Asimismo, fue revocada una sanción al Partido Verde Ecologista de México y se desechó el recurso de apelación promovido por Héctor Arango Ortiz, quien fue sancionado por el director ejecutivo del Servicio Profesional Electoral del IFE con la suspensión de 10 días hábiles sin goce sueldo por haber incurrido en diversas faltas durante el desempeño de su función como Vocal Ejecutivo del Distrito 08, en Oaxaca.
Respecto de la elección de diputados locales en Jalisco, el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral del país resolvió tres juicios de revisión constitucional y un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano. En el caso de los tres primeros, el TEPJF ratificó el triunfo de los candidatos postulados por el Partido Revolucionario Institucional en los distritos electorales 15 y 17, mientras que fue desechado el juicio que impugnaba el distrito 12, donde resultó ganador el Partido Acción Nacional. En tanto, el JDC fue desechado en virtud de que el promovente carecía de legitimación y, además, se remitió al Tribunal Electoral del Poder Judicial de Jalisco, para que lo substancie y resuelva, a la brevedad, como juicio de inconformidad. Debe señalarse que el Congreso de esta entidad deberá instalarse el próximo 1 de febrero.
Los magistrados del TEPJF confirmaron la cancelación del registro al Partido Civilista Morelense, ratificando, por lo tanto, la orden de que el citado instituto político deberá entregar el mobiliario e instalaciones que le proporcionó el Instituto Estatal Electoral de Morelos, así como presentar un informe de los bienes que haya adquirido durante su actuación con financiamiento público, para el efecto de reincorporarlos al patrimonio público.
En Morelos, algunos ciudadanos interpusieron un juicio en contra de la presidenta del Comité Directivo Estatal del PRI en Morelos. En este juicio se alegó violación a los estatutos de este partido político, por el desempeño simultáneo de Maricela Sánchez Cortes como presidenta del Comité Directivo Estatal y Diputada local. Al respecto, la Sala Superior desechó la demanda en virtud de que se presentó de manera extemporánea y debido a que el acto impugnado no era definitivo y firme, toda vez que es susceptible de reparación a través de las instancias del propio partido.
Por otra parte, la Sala Superior confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial del estado de Durango, a través del cual se resolvieron diversos aspectos relacionados con el financiamiento público a los partidos políticos, así como el establecimiento del costo mínimo de campaña para el proceso electoral en curso.
En tanto, debido a que los partidos del Trabajo y Revolucionario Institucional se desistieron de dos juicios promovidos en contra del Tribunal de Justicia del Estado de Aguascalientes, se tuvieron por no presentados.
En Veracruz, fueron promovidos diez juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano en contra del Comité Directivo Estatal del PAN. Estos juicios se interpusieron con motivo de la sustitución de los Comités Municipales de Boca del Río y Veracruz. Al respecto, la Sala Superior revocó las resoluciones para que el Partido Acción nacional, en el término de 20 días hábiles siguientes a la notificación, entre al estudio de fondo de los respectivos recursos planteados y emita las resoluciones que en derecho procedan
Finalmente, respecto de los juicios promovidos en Oaxaca, la Sala Superior desechó dos demandas interpuestas, entre otros, por Josefina Aquino Cruz y José Luis Camarena del Toro, en ambos casos se impugnaron diversas determinaciones de órganos del Partido Acción Nacional, al tiempo que se confirmó la suspensión de sus derechos como militante del Partido Acción Nacional por el término de tres años al ciudadano Felipe de Jesús Navarro Lucatero.