Recibir y otorgar la debida atención a las quejas y denuncias que se formulen por posibles actos u omisiones que pudieran constituir Faltas Administrativas cometidas por Servidores Públicos o Particulares por conductas sancionables, de conformidad con la Ley General de Responsabilidades
Solicitar la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos materia de la investigación en términos de la Ley de Responsabilidades, incluyendo aquélla que las disposiciones jurídicas en la materia consideren con carácter de reservada o confidencial, siempre que esté relacionada con la comisión de Faltas Administrativas a que se refiere la Ley de Responsabilidades, con la obligación de mantener la misma con reserva o secrecía, conforme a las disposiciones.
Dictar los acuerdos que correspondan en los procedimientos de nvestigación que realice, incluido el de conclusión y archivo del expediente cuando así proceda, así como el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa para turnarlo a la Autoridad Substanciadora en el que se incluirá la calificación de la Falta Administrativa.
Las demás que las disposiciones legales y administrativas que le confieran y las que le encomienden.
Preservar el mandato constitucional otorgado al TEPJF, promoviendo la eficacia y eficiencia, dentro de las investigaciones de las faltas que pudieran constituir una responsabilidad administrativa, esto siempre en apego a la legalidad.
Seremos una Dirección esencial para el TEPJF, reconocida por llevar a cabo investigaciones eficientes, que ayuden al fortalecimiento y el logro de los objetivos institucionales.
Somos una unidad de profesionales honestos, transparentes, comprometidos en llevar a cabo investigaciones con apego a la legalidad, con ética, imparcialidad, leales a las leyes y a la institución.