Actor:
Denunciante de la contradicción. Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal, con sede en Monterrey, Nuevo León
Palabras clave:
Impedimento para ser candidato a cargos de elección popular. Los candidatos a cargos de elección popular pueden ser postulados por un partido político diverso al que se encuentran afiliados, cuando exista convenio de coalición