Derechos Electorales Fundamentales
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se resolvió que debía repararse un error generado por un partido en torno al estatus del vínculo con una persona, y se determinó que si bien era válido que el Servicio Electoral, ante un error de esa naturaleza rechazara el registro, por llevar a cabo una actuación formal, el tribunal electoral tenía la competencia de aquilatar el error y resolver reparándolo, de manera que si en el caso resultaba palmaria la disociación entre la voluntad declarada y la intención, siguiendo los principios generales de la legislació
Fecha:
Jueves, Septiembre 11, 2008
Actor:
María Magdalena Astudillo Carvajal
Palabras clave:
Garantismo o visión antiformalista. Principio de buena fe. Derecho a ser votado. Derecho a votar. Maximización de los derechos fundamentales. Registro de militantes.
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
En esencia, se acoge la reclamación del actor y se revoca la sentencia, porque si bien de las disposiciones legales se advierte que los partidos políticos tienen intervención directa en el Registro General de Afiliados y es a éste al que debe atenderse cuando existe contradicción entre el duplicado que se remite al Director del Servicio Electoral y el del partido político, cualquier omisión en que incurran dichas colectividades respecto de la comunicación de las actualizaciones en sus registros, no puede afectar a quienes legíti
Fecha:
Lunes, Septiembre 8, 2008
Actor:
Juan Carlos Fuentes Rodas
Palabras clave:
Derecho a ser votado. Derecho a votar. Maximización de los derechos fundamentales. Registro de militantes.
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
El Jurado Electoral Especial de Ica dispuso excluir de oficio al señor Juan José Donayre Mendoza, de la lista de candidatos del Partido Aprista Peruano, pese a estar ya registrado, por considerar que existía una sentencia condenatoria a pena privativa de la libertad que a su vez tenía la calidad de firme, apartándose de criterios interpretativos anteriores en sentido contrario.
Fecha:
Martes, Noviembre 17, 2009
Actor:
Carlo Ernesto Chávez Cornejo, en su carácter de personero legal del Partido Aprista Peruano
Palabras clave:
Pena privativa. Exclusión. Candidatura. Inhabilitación. Derechos políticos. Exclusión de oficio.
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se determinó revocar la sentencia del Tribunal Electoral de Baja California, la cual impidió el registro del actor como candidato a Gobernador de la mencionada entidad federativa por considerar que estaba impedido porque, de acuerdo a su interpretación de la ley local, tenía que terminar su encargo como Presidente Municipal de Tijuana.
Palabras clave:
Derecho a ser votado. Ejercicio del cargo. Derechos fundamentales. Restricciones.
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
En este fallo se desestima la inconstitucionalidad de la norma legal que atribuye a los partidos políticos, en forma exclusiva, la facultad de nominar candidatos a cargos públicos electivos.
Fecha:
Martes, Septiembre 24, 2002
Palabras clave:
Partidos políticos. Inconstitucionalidad. Exclusividad de nominación.
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se confirmaron las actuaciones del Partido Revolucionario Democrático que determinaron la expulsión y la consecuente revocación del mandato como Legislador de la República.
Palabras clave:
Expulsión. Revocación de mandato. Delito. Estatuto de Partido.
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se mantuvo la negativa del registro ante el argumento de que el candidato, después de elegirse alcalde, cambió de domicilio electoral, un acto lícito, pero con la finalidad de permanecer en el poder.
Fecha:
Jueves, Diciembre 17, 2009
Actor:
José Petrúcio Oliveira Barbosa
Num sentencia:
Recurso especial electoral 32.539
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se consideró que si las cuentas fueren rechazadas en virtud del incumplimiento de la norma constitucional que garantiza el acceso la educación, el candidato se convertirá en inelegible y en ese sentido se garantiza el derecho fundamental de acceso a la educación.
Actor:
Dalton Borges de Mendonça y José Carlos Martins e outra.
Num sentencia:
Recursos especiales Electorales 33.639 y 34.455
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se reconoció la facultad legal que tienen los convencionales de un organismo partidario, a solicitar la celebración de una sesión del mismo, cuando así lo soliciten una tercera parte de los miembros que integran el organismo, y de igual manera, se deja por sentado que toda sesión extraordinaria debe tener previamente una agenda definida, es decir, que debe tratar sobre aspectos específicos.
Actor:
Marco Antonio Ameglio Samudio
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se negó el registro de la candidatura al existir prohibición legal para que los funcionarios de la Justicia Electoral se afilien a partido político, ya que, según el principio de la moralidad y de la impersonalidad, no es posible que un agente estatal comprometido con la integridad de las elecciones pueda a la vez ejercer actividad partidaria
Fecha:
Lunes, Septiembre 21, 2009
Actor:
Ministério Público Eleitoral
Num sentencia:
Recurso especial electoral 35.354
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