Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Para la determinación del conflicto de intereses en el establecimiento de una relación contractual, que amerite la declaratoria de vacancia de una autoridad municipal, se deberá atender a si el contrato es suscrito contraviniendo las normas que rigen en el proceso de contratación o si la suscripción del contrato entre el municipio y la autoridad municipal en tanto particular, o un tercero vinculado a esta, resultaba necesaria, es decir, si no existía otra persona —natural o jurídica, según sea el caso— con la cual suscribir
Actor:
Jairo Octavio Osambela Pezo
Num sentencia:
Resolución No. 0080-A-2012-JNE
Palabras clave:
Vacancia de autoridades municipales. Restricciones de contratación
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Para que se declare la vacancia de una autoridad municipal por causal de enfermedad o impedimento físico permanente que impida el desempeño normal de sus funciones, se requiere que dicho impedimento sea acreditado por una junta médica designada por la entidad oficial de salud o del Colegio Médico, o ser declarada por el Ministerio de Salud u otra entidad pública.
Fecha:
Martes, Diciembre 6, 2011
Actor:
Heriberto Oswaldo Linares
Num sentencia:
Resolución No. 803-2011-JNE
Palabras clave:
Vacancia de autoridades municipales. Impedimento físico para ejercer funciones
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
El que un alcalde otorgue dinero a la hija de un regidor para que participe en unas olimpiadas escolares, a pesar de que la menor de edad no estudia en la localidad y domicilia en el mismo lugar que el regidor, no constituye una infracción a las restricciones de contratación que amerite la causal de vacancia del alcalde ni del regidor, porque no se trata de un contrato, sino de un acto administrativo consecuencia de un pedido de la mamá de la niña para recibir apoyo económico.
Num sentencia:
Resolución No. 200-2012-JNE
Palabras clave:
Vacancia de autoridades municipales. Restricciones de contratación
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se reconoce que, si bien las cuotas electorales constituyen porcentajes establecidos en la ley para asegurar la participación de colectivos históricamente excluidos de los procesos electorales, por opción legislativa, el ordenamiento jurídico peruano ha incluido a las cuotas electorales en el sentido de que se incluya tanto a varones como mujeres en el número requerido para cumplir con el requisito de la cuota de género.
Actor:
Partido Político “Acción Popular”
Palabras clave:
Cuotas electorales. Asegura la participación de colectivos excluidos
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Para el caso de las elecciones regionales, se precisa que el requisito de las cuotas electorales se computa por separado en cada una de las listas de candidatos presentada por una organización política, es decir, su cumplimiento se exige tanto para los candidatos titulares como accesitarios a los cargos de consejeros regionales.
Actor:
Partido Político “Acción Popular”
Palabras clave:
Elecciones regionales. Requisitos de las cuotas electorales
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se recuerda que el cumplimiento de las cuotas electorales no constituye un requisito que ex novo haya planteado el Jurado Nacional de Elecciones para las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Atendiendo a ello, las organizaciones políticas no pueden alegar como justificación para el incumplimiento de las mismas, los inconvenientes que se presentaron con el sistema informático utilizado para el registro de las solicitudes de inscripción de listas de candidatos.
Fecha:
Miércoles, Agosto 4, 2010
Actor:
Partido Político “Despertar Nacional”
Palabras clave:
Cuotas electorales. requisitos para elecciones regioanles y municipales
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se precisa que las renuncias formuladas con posterioridad a la presentación de la lista de candidatos no afecta su calificación inicial ni genera un nuevo cálculo, toda vez que el porcentaje mínimo exigido de las cuotas electorales provienen del número de consejerías que tiene cada gobierno regional, según lo establecido por el Jurado Nacional de Elecciones.
Actor:
Partido político “Fuerza 2011”
Palabras clave:
Renuncia. Posteriores a la lista de candidatos
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se interpreta que cuando el resultado del porcentaje exigido para el cumplimiento de las cuotas electorales, cuente con decimales, el “redondeo” tiene que realizarse hacia en número entero inmediato superior, puesto que de lo contrario, el número resultante no permitiría cumplir con el porcentaje mínimo establecido en la ley.
Actor:
Movimiento regional “Frente Amplio Regional”
Palabras clave:
Porcentaje cuota de género
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
El Jurado Nacional de Elecciones, en legítimo ejercicio de su competencia constitucional de velar por el cumplimiento de las normas electorales y cumpliendo con su especial deber de protección de los derechos fundamentales, como el de igualdad, declaró, de oficio, nulas resoluciones emitidas por los Jurados Electorales Especiales que inscribieron listas de candidatos de algunas organizaciones políticas a pesar que estas incumplían el requisito de las cuotas electorales, entre ellas, la cuota de género, por lo que, al tratarse de una acción de
Actor:
Jurado Nacional de Elecciones, en ejercicio de su competencia en el proceso electoral
Num sentencia:
Resolución No. 711-2009-JNE
Palabras clave:
Competencia del Jurado Nacional de Elecciones
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Las cuotas no pueden ni deben ser modificadas por una causa inducida por las organizaciones políticas, como las renuncias o desistimientos de los candidatos con el objeto de que se cumplan con las cuotas electorales.
Actor:
Movimiento regional “Juntos por el Sur”
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