En la jurisprudencia presentada, el Tribunal Electoral procede a establecer nuevas pautas para indicar el alcance del concepto “uso de la imagen”, y en este sentido, establece que dicho concepto no se limita a la representación física de la persona.
Fecha:
Sábado, Enero 3, 2015
Actor:
Juan Carlos Navarro
Num sentencia:
Reparto 304-2013-ADM
Palabras clave:
Denuncia por uso no autorizado de la imagen de candidato en propaganda contra su candidatura presidencial.
A través del fallo en estudio, el Tribunal Electoral ha sostenido que el listado de puestos públicos cuyos titulares deben renunciar 6 meses antes de las elecciones, en caso de aspirar a una candidatura, aplica aún cuando la administración pública cambie la denominación de los cargos públicos.
En el caso en estudio, el Tribunal Electoral se pronunció sobre el alcance de las impugnaciones de diputado en las circunscripciones plurinominales, en donde el impugnante ataca solo a uno de los candidatos proclamados. Al respecto, la jurisprudencia del Tribunal Electoral había sostenido que en las circunscripciones plurinominales las impugnaciones paralizaban la proclamación de todos los candidatos proclamados y por ende, el impugnante debía consignar la fianza por cada uno de éstos independientemente recayera sobre estos o no los hechos de la impugnación.
Fecha:
Martes, Agosto 26, 2014
Actor:
Partido Revolucionario Democrático
Num sentencia:
Reparto N°36-2014-ADM
Palabras clave:
Nulidad de la elección y/o proclamación de diputados.
En la jurisprudencia puesta a consideración, el Tribunal Electoral hace una interpretación del alcance del fuero laboral electoral que se le otorga a las personas que ostentan a puestos de elección, en este caso a lo interno de un partido político, recalcando el hecho de que ante una renuncia voluntaria del candidato, éste no puede invocar el fuero laboral.
Fecha:
Viernes, Marzo 20, 2015
Actor:
Maribel Esther Quintero de Gómez
Num sentencia:
Reparto N°99-2014-ADM
Palabras clave:
Solicitud de reintegro como Subgerente General del Banco de Desarrollo Agropecuario por estar amparada por el fuero laboral electoral.
La jurisprudencia sigue la línea dictada en los procesos de nulidad de elección y/o proclamación surgidos en las Elecciones Generales del 4 de mayo de 2014, en cuanto al uso desmedido de bienes y recursos del Estado como factor de desequilibrio en una contienda electoral.
Fecha:
Martes, Octubre 28, 2014
Actor:
Noriel Abdiel Castillo Bernal
Num sentencia:
Reparto N°42-2014-ADM
Palabras clave:
Nulidad de la elección y/o proclamación como Representante de Corregimiento.
El Tribunal Electoral dispuso la nulidad de la elección y proclamación del señor Carlos Agustín Afú Decerega como Diputado por el Circuito 7-1 de la Provincia de Los Santos, en virtud de que se acreditó que el proceso electoral de dichos comicios se hicieron en contravención a las garantías constitucionales y legales, toda vez que el candidato ganador, al aspirar a la reelección, tuvo acceso y dispuso abiertamente de fondos estatales que generaron un desequilibrio en la contienda.
Fecha:
Jueves, Octubre 2, 2014
Actor:
Carlos Agustín Afú Decerega
Num sentencia:
Reparto N°22-2014-ADM
Palabras clave:
Nulidad de la elección y/o proclamación como Diputado.
Impugnación de las reformas al Estatuto de un Partido Político
A través de la jurisprudencia en análisis, el Tribunal Electoral estableció las pautas que determinan las capacidades que tiene una convención nacional, como máximo organismo de un colectivo político.
Impugnación de las elecciones de organismos internos
El Tribunal Electoral, dispuso la anulación de los resultados de la integración de la Junta Política del partido MOLIRENA, en virtud de que no se tomó en cuenta la representación proporcional que dispone su estatuto para la integración de los cargos internos del mismo.
El Tribunal Electoral, dispuso la anulación de las postulaciones efectuadas por el Partido Panameñista, en virtud de que las mismas vulneraban los derechos políticos de los miembros de dicho colectivo.
Impugnación sobre la proclamación al cargo de Alcalde
El Tribunal Electoral en el fallo en cuestión, consideró que la impugnación promovida en contra de la proclamación de los ganadores de la elección municipal en el Distrito de Las Palmas, no estaba viciada de irregularidad alguna.