En la decisión final el Tribunal Supremo Electoral ejerció el control difuso de constitucionalidad y declaró inaplicable el artículo 47 inciso 1º letra C de la Ley Partidos Políticos en virtud de su inconstitucionalidad, ya que constituía una intervención a los derechos fundamentales de sufragio y de asociarse para constituir un partido político o ingresar a los ya constituidos establecidos en el artículo 72 incisos 1º y 2º de la Constitución de la República, que no cumplía con los parámetros exigidos por el principio de proporcionalidad.
Fecha:
Martes, Octubre 13, 2015
Actor:
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL SAN SALVADOR de oficio
Num sentencia:
CPP-02-2015
Palabras clave:
Procedimiento de Cancelación del Partido Social Demócrata (PSD) por no haber alcanzado el mínimo de votos válidos requeridos en una elección legislativa y tampoco haber obtenido por lo menos un diputado a la Asamblea Legislativa
En la decisión final el Tribunal Supremo Electoral ejerció el control difuso de constitucionalidad y declaró inaplicable el artículo 47 inciso 1º letra C de la Ley Partidos Políticos en virtud de su inconstitucionalidad, ya que constituía una intervención a los derechos fundamentales de sufragio y de asociarse para constituir un partido político o ingresar a los ya constituidos establecidos en el artículo 72 incisos 1º y 2º de la Constitución de la República, que no cumplía con los parámetros exigidos por el principio de proporcionalidad.
Fecha:
Martes, Octubre 13, 2015
Actor:
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL DEL SALVADOR de oficio.
Num sentencia:
CPP-01-2015
Palabras clave:
Procedimiento de Cancelación del Partido Cambio Democrático (CD) por no haber alcanzado el mínimo de votos válidos requeridos en una elección legislativa y tampoco haber obtenido por lo menos un diputado a la Asamblea Legislativa
Resolución final relativa al procedimiento de cancelación del Partido Social Demócrata (PSD) por no haber alcanzado el mínimo de votos válidos requeridos en una elección legislativa y tampoco haber obtenido por lo menos un diputado a la Asamblea Legislativa según lo dispone el artículo 47 letra c de la Ley de Partidos Políticos (LPP).
La resolución resolvió la pretensión del escrito presentado por el ciudadano Miguel Ángel Menjívar Lebrón, mediante el cual puso en conocimiento del Tribunal Supremo Electoral (TSE) el incumplimiento a lo prescrito en el artículo 219 letra h del Código Electoral (CE) en cuanto a la integración del concejo municipal electo de Tamanique en el departamento de La Libertad.
Fecha:
Miércoles, Abril 8, 2015
Actor:
Miguel Ángel Menjívar Lebrón
Num sentencia:
S/N
Palabras clave:
Corrección de Acta de Escrutinio Final Elección Municipal Tamanique
Resolución final relativa al procedimiento de cancelación del partido Cambio Democrático (CD) por no haber alcanzado el mínimo de votos válidos requeridos en una elección legislativa y tampoco haber obtenido por lo menos un diputado a la Asamblea Legislativa según lo dispone el artículo 47 letra c de la Ley de Partidos Políticos (LPP).
La resolución resolvió la pretensión del escrito presentado por el ciudadano Miguel Ángel Menjívar Lebrón, mediante el cual puso en conocimiento del Tribunal Supremo Electoral (TSE) el incumplimiento a lo prescrito en el artículo 219 letra h del Código Electoral (CE) en cuanto a la integración del concejo municipal electo de Tamanique en el departamento de La Libertad.
Se presentó un escrito por el ciudadano Miguel Ángel Menjívar Lebrón solicitando la revisión de la integración del Concejo Municipal de Tamanique en el departamento de La Libertad, por incumplimiento a lo regulado en el Art.
El ciudadano Disraely Omar Pastor interpone recurso de nulidad de inscripción de la candidatura de la señora Sandra Marlene Salgado García, quien fue inscrita por el Tribunal como candidata a primera diputada propietaria por la circunscripción de San Miguel, propuesta por el partido Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA) para participar en las elecciones del uno de marzo de dos mil quince.
Fecha:
Viernes, Febrero 13, 2015
Actor:
Disraely Omar Pastor
Num sentencia:
NI-04-2015
Palabras clave:
recurso de nulidad de inscripción de la candidatura.
La Abogada Margarita María Barrientos Rivas, representante legal del señor Julio Excipión Valdivieso Rivas, candidato a diputado a la Asamblea Legislativa por el partido Democracia Salvadoreña en la circunscripción de San Salvador, interpone recurso de nulidad de escrutinio definitivo de las elecciones a Diputados y Diputadas a la Asamblea Legislativa con base a las causales previstas en el artículo 272 letras b y c del Código Electoral, las cuales son: a) no haberse cumplido el procedimiento establecido en la Código electoral para la realización del escrutinio y b) falsedad de los datos
Fecha:
Martes, Abril 7, 2015
Actor:
Julio Excipión Valdivieso Rivas
Num sentencia:
NES-05-2015
Palabras clave:
Recurso de nulidad de escrutinio definitivo de las elecciones a Diputados y Diputadas
Recurso de Nulidad de Escrutinio Definitivo presentado por el señor Douglas Leonardo Mejía Avilés en su calidad de Secretario General y representante legal del partido Cambio Democrático, con base a la causal prevista en el artículo 272 letra “C” del Código Electoral, por falsedad de los datos consignados en las actas y documentos que sirvieron de base para el escrutinio.
El Tribunal Supremo Electoral plantea que este tipo de impugnaciones debe cumplir con tres requisitos básicos de carácter formal, temporal y sustancial.