Con motivo de la Apelación presentada por un movimiento político, luego de haber sido sancionado por incurrir en una supuesta infracción por publicidad electoral no autorizada; el Pleno del Tribunal Contencioso Electoral manifestó que la exhibición de una prueba debe conllevar a determinar la existencia de la infracción denunciada, puesto que la sola enunciación del presunto cometimiento de una infracción no la determina.
Fecha:
Martes, Octubre 25, 2016
Actor:
TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL
Num sentencia:
No. 042-2015-TCE ACUMULADA 043-2015-TCE
Palabras clave:
Financiamiento Político, Fiscalización y Responsabilidad
EL colectivo YASUNIDOS propuso que se realice una Consulta Popular sobre la explotación de la Reserva Ecológica Yasuní, que fue negada en la instancia administrativa, por que no dió cumplimiento con los requisitos para la legitimación democrática para la consulta popular, por lo que presentó el recurso ordinario de apelación. El Pleno del TCE estableció que el acto administrativo del cual se recurrió se ejecutó dentro de los plazos establecidos en la ley, de ahí su extemporaneidad de la pretensión del recurrente y del recurso.
Fecha:
Viernes, Junio 20, 2014
Actor:
Julio Cesar Trujillo Vásquez
Num sentencia:
187-2014-TCE
Palabras clave:
Requisitos para la legitimación democrática para la consulta popular.
El Movimiento Ruptura, interpone recurso ordinario de apelación en contra de la resolución que dispuso la cancelación de inscripción.El Pleno del TCE, señaló que: a)Sobre el debido proceso en sede administrativa, los actos de simple administración de las instituciones del sector público no deben ser notificados como condición sine qua non, en cuanto se trata de información pública.
Fecha:
Lunes, Agosto 25, 2014
Actor:
María Gabriela León G.
Num sentencia:
229-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación en contra de la resolución que dispuso la cancelación de inscripción.
Se presenta recurso ordinación de apelación de la resolución administrativa , por inconsistencia de resultados numéricos además se solicita la apertura de urnas.
Fecha:
Sábado, Abril 5, 2014
Actor:
Mónica de Jesús Salazar Hidalgo
Num sentencia:
090-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinación de apelación de la resolución administrativa , por inconsistencia de resultados numéricos además se solicita la apertura de urnas.
Se interpone recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa , por inconsistencias numéricas. Al respecto el Pleno del TCE, estableció que: a)La resolución administrativa en la que se han recontado los votos, contiene una relación precisa de los hechos con las normas.
Fecha:
Viernes, Abril 4, 2014
Actor:
Letty Selina Cevallos Sornoza
Num sentencia:
088-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa , por inconsistencias numéricas.
Se presenta recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa, por inconsistencias numéricas. El Pleno del TCE resolvió que: a) El registro electoral pasivo, el cual fue diferenciado en el padrón electoral con casillero gris, no constan las personas con voto facultativo,y por lo mismo no constituye causal de la que se pueda deducir algún tipo de inconstencia. b) El casillero gris es un dato estadístico que no incide la cuantificación de los votantes que efectivamente ejercieron su derecho al sufragio.
Fecha:
Lunes, Noviembre 16, 2015
Actor:
María Cristina
Num sentencia:
082-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa, por inconsistencias numéricas
Interpone recurso ordinario de apelación contra resolución administrativa, por alteración de padrones electorales y por inconsistencias numéricas. El Pleno del TCE, manifiestó que: a)Las inconsistencias como los posible errores del padrón, no constituyen prueba de que se haya suplantado, alterado o falsificado el registro electoral y menos aún de las actas de instalación o escrutinio; los errores en que hubiera incurrido el órgano administrado en elaboración de padrones deberán ser corregidos para futuros procesos electorales.
Fecha:
Miércoles, Abril 16, 2014
Actor:
Alí Manuel Corozo Mosquera
Num sentencia:
131-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación contra resolución administrativa, por alteración de padrones electorales y por inconsistencias numéricas.
Se presenta recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa, que negó la impungación presentada por reconteo de votos. El Pleno del TCE estableció que: a) La Recurrente ha ejercido su derecho a la defensa en las instancias administrativas sin limitación alguna y tampoco en esta instancia ha demostrado cuáles fueron las limitaciones que le causaron los organismos electorales, por lo cual el argumento esgrimido de que se ha afectado su derecho a la defensa carece de sustento.
Fecha:
Jueves, Abril 10, 2014
Actor:
Lady Jacqueline García Mejía
Num sentencia:
115-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa, que negó la impungación presentada por reconteo de votos.
Se presenta recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa, que negó la impungación presentada por reconteo de votos. El Pleno del TCE estableció que: a) La Recurrente ha ejercido su derecho a la defensa en las instancias administrativas sin limitación alguna y tampoco en esta instancia ha demostrado cuáles fueron las limitaciones que le causaron los organismos electorales, por lo cual el argumento esgrimido de que se ha afectado su derecho a la defensa carece de sustento.
Fecha:
Jueves, Abril 10, 2014
Actor:
Lady Jacqueline García Mejía
Num sentencia:
115-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa, que negó la impungación presentada por reconteo de votos.
Se interpone recurso extraordinario de nulidad por manipulación de votos, integración defectuosa de las Juntas Receptoras del Voto y alteración del acta de escrutinio. El Pleno del Tribunal del TCE estableció que: a)No ha sido probada la afirmación del recurrente de que durante el apagón se manipularon votos. b)La integración de Juntas Receptoras del Voto por funcionarios públicos no produce la nulidad de las votaciones c)En este caso particular, aperturar el 95% del total de las juntas receptoras del voto, sin la debida motivación, afectó el principo de certeza electoral.
Fecha:
Sábado, Abril 5, 2014
Actor:
Jesús Antonio Párraga
Num sentencia:
096-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso extraordinario de nulidad por manipulación de votos, integración defectuosa de las Juntas Receptoras del Voto y alteración del acta de escrutinio.