El que un alcalde otorgue dinero a la hija de un regidor para que participe en unas olimpiadas escolares, a pesar de que la menor de edad no estudia en la localidad y domicilia en el mismo lugar que el regidor, no constituye una infracción a las restricciones de contratación que amerite la causal de vacancia del alcalde ni del regidor, porque no se trata de un contrato, sino de un acto administrativo consecuencia de un pedido de la mamá de la niña para recibir apoyo económico.