Se consideró que era correcto el procedimiento que siguió el Concejo Municipal de Quintero para el reemplazo de un Concejal. Lo anterior, porque el consejo distinguió dos situaciones previstas en la norma: una cuando se tienen otros candidatos que no han sido electos y que pueden tomar el lugar del vacante, y otra, en la que no existe tal posibilidad de sustitución, por no quedar nadie elegible, y en el caso se actualizaba el primer supuesto, porque la vacante en cuestión surgió del subpacto PRSD-PPD-PS e Independientes, en el que se eligieron a tres de sus cuatro candidatos, de manera que el nombramiento debía recaer en el restante.