Se determinó la responsabilidad de la actora, al estimar que ha procedido sin solicitud, diligencia ni eficiencia en el proceso de elecciones generales del año 2009; así como también ha incumplido el procedimiento legal en la conclusión de dicho proceso; y, no ha ejercido su autoridad para la finalización y legalización del Acta de Escrutinios en la indicada jurisdicción provincial.