La parte demandante adujo la violación de las reglas del régimen eleccionario del partido. El TSE decidió que las reglas internas de los partidos políticos deben ser cumplidas a cabalidad, ya que su incumplimiento afecta los derechos de los miembros partidarios. La violación al principio del debido proceso afectó el derecho a elegir y los principios del juez natural, de igualdad, transparencia y legalidad, al no observarse previsiones establecidas en el reglamento interno. Violación al principio de la certeza del acto electoral, lo cual resulta contrario a las elementales normas de todo proceso eleccionario.