La jurisprudencia sigue la línea dictada en los procesos de nulidad de elección y/o proclamación surgidos en las Elecciones Generales del 4 de mayo de 2014, en cuanto al uso desmedido de bienes y recursos del Estado como factor de desequilibrio en una contienda electoral.
Ahora bien, en la jurisprudencia citada se destaca el análisis que hace el Tribunal Electoral de cómo una persona, sin ostentar un cargo público de trascendencia, se beneficia de los actos, bienes y fondos que disponía un Diputado que aspiraba a la reelección, y cómo este acceso al escenario sin tener derecho a ello, puso a los demás candidatos en un plano de desigualdad, habida cuenta que no contaron con el apoyo de un funcionario electo que a través de sus actuaciones, los promocionara electoralmente frente a la comunidad.