Se ordenó la revocación de la sentencia condenatoria dictada por un juzgado penal electoral, en la que se sancionó a una ciudadana por haber efectuado un cambio de residencia hacia un corregimiento en donde habitualmente no residía. Dicha determinación, se sustentó en la existencia de un pronunciamiento previo a favor de la ciudadana que validó su cambio de residencia, razón por la cual dicha conducta no podía ser catalogada como un delito.