Pureza del padrón partidario.
En esta sentencia la CNE sostuvo que la pureza del padrón partidario constituye una de las más relevantes garantías de la indispensable adecuación de la organización interna de las agrupaciones políticas al sistema democrático (cf. artículo 38 de la Constitución Nacional), pues asegura el efectivo ejercicio de los derechos de elegir y ser elegido que ostentan sus afiliados.