Se concluyó que la competencia para conocer de la convocatoria en el proceso de elección de Coordinadores Territoriales en una de las demarcaciones políticas del Distrito Federal, en la Delegación Xochimilco, se surtió a favor de la Sala Regional Distrito Federal, el conflicto se sitúa en el supuesto de un proceso electivo dentro de una demarcación territorial, en relación con la cual se dice que el procedimiento de elección se encuentra contemplado en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.