En la resolución se determinó que para asignar legisladores por el principio de representación proporcional utilizando la distribución del residuo, únicamente debe sumarse a los candidatos todos los votos que éstos hubiesen obtenido en los partidos políticos que lo postularon sin necesidad de restar el cociente o medio cociente, asignándose así la curul al candidato que más votos haya obtenido.