Miércoles, Abril 8, 2015
La resolución resolvió la pretensión del escrito presentado por el ciudadano Miguel Ángel Menjívar Lebrón, mediante el cual puso en conocimiento del Tribunal Supremo Electoral (TSE) el incumplimiento a lo prescrito en el artículo 219 letra h del Código Electoral (CE) en cuanto a la integración del concejo municipal electo de Tamanique en el departamento de La Libertad.
Viernes, Marzo 9, 2012
Inadmisibilidad de documentos, no fiscalización y retención de fondos
Lunes, Abril 16, 2012
Demanda de nulidad. Pacto de alianza, violación al derecho de voto.
Domingo, Agosto 14, 2011
Votos mínimos. Requisitos particípación en comiciós generales. Derecho de agrupaciones políticas
Martes, Abril 24, 2012
Representación minorías. Asignación de cargos a diputados nacionales. 3% de votos en el padrón electoral En este fallo se explica que el requisito de obtener un mínimo de votos para la participación en la asignación de cargos a diputados nacionales -3% del padrón electoral del distrito- establecido en los artículos 160 y 161 del Código Electoral Nacional, no constituye una irrazonable reglamentación al derecho de representación de las minorías y que tampoco resulta violatorio del principio de igualdad ante la ley, consagrado en la Constitución Nacional Argentina.
Martes, Junio 25, 2002
En este procedimiento se resuelve que el requisito de obtener un mínimo de votos para la participación en la asiganción de cargos a diputados nacionales -3% del padrón electoral del distrito establecido en los artículos 160 y 161 del Código Electoral Nacional, no constituye una irrazonable reglametación al derecho de representación de las minorías y que tampoco resulta violatorio del principio de igualdad ante la ley, consagrado en la Constitución Nacional Argentina.
Martes, Junio 25, 2002
En este pronunciamiento se desestima la inconstitucionalidad de las previsiones legales que -conforme al sistema D’Hondt con barrera legal- supeditan la asignación de cargos de diputados nacionales a la obtención de un mínimo de votos equivalente al 3% del padrón nacional. Así, se señala que la barrera legal es común en el derecho comparado y descarta que constituya una reglamentación irrazonable del derecho de representación de las minorías.
Lunes, Abril 21, 2008
Se consideró que era correcto el procedimiento que siguió el Concejo Municipal de Quintero para el reemplazo de un Concejal.
Lunes, Julio 13, 2009
Se estimó que no se acreditaron los agravios del actor por lo que rechazó el recurso contencioso electoral de apelación de adjudicación de puestos de asambleístas nacionales.
Jueves, Abril 3, 2008
Se estimó que la Coalición “Quintana Roo Avanza” y los partidos políticos que la integraron tienen derecho a participar en la asignación de regidores por el principio de representación proporcional cuando hayan registrado planillas, en al menos seis municipios, de manera individual, coaligad