Jueves, Junio 17, 2010
En recurso de amparo electoral por la difusión de la imagen de su difunto padre en un anuncio televisivo, no obstante que el gestionante desistió del proceso, por sentirse satisfecho con el trámite inicial que se dio a su acción y que el Tribunal en razón de ello ordenara el archivo del expediente, oficiosamente se pronunció en ejercicio de su competencia jurisdiccional ante eventuales lesiones a derechos fundamentales de las personas, en el marco de la tutela efectiva de los derechos y las libertades de carácter político-electoral y estableció el derecho de las personas a no ser identifica
Lunes, Noviembre 16, 2015
Con base en su potestad de interpretación oficiosa el Tribunal Supremo de Elecciones, con el fin de aclarar el punto planteado por una consultante que carecía de legitimación, en relación con la participación simultánea de ciudadanos en procesos de renovación de estructuras partidarias de distintas agrupaciones políticas determinó que, a la luz del ordenamiento electoral costarricense, la doble militancia partidaria riñe con los principios de asociación y de participación política; sin embargo, este es un asunto que debe examinarse frente a cada caso en concreto.
Jueves, Junio 5, 2014
No obstante que el Tribunal rechazó un recurso de amparo interpuesto por la Defensora de los Habitantes a favor de varios privados de libertad, debido a que no consideró vulneración alguna a sus derechos, precisó, que la regla de invariabilidad del padrón electoral prevista en el Código Electoral debe conciliarse con el derecho al sufragio de las personas que se encuentran inscritas como electoras en un centro de atención institucional y que, previo a las elecciones y por decisiones fundadas de la Autoridad Penitenciaria, requieren ser trasladados a otro centro distinto.
Viernes, Febrero 18, 2011
El TSE, de conformidad con el elenco probatorio y los presupuestos fácticos, declaró con lugar un recurso de amparo electoral contra la fuerza pública por impedir a una candidata a alcaldesa realizar visitas a sus partidarios. Tuvo por probado que el señor Subjefe de la Fuerza Pública de Abangares efectivamente envió un oficial para que le advirtiera a la recurrente que dejara de visitar a sus partidarios, pues consideró que esta actividad estaba prohibida durante la tregua electoral.
Martes, Septiembre 11, 2012
Principio democrático; Derecho de participación política;Democracia interna de los partidos políticos, Principio de autorregulación, Procesos internos. Potestad de partido político de realizar asambleas distritales en cantones que determine. Deber de definir en estatuto cantones en que se celebrarán asambleas distritales. Deber de partidos políticos de realizar asambleas cantonales. Modelos de asambleas partidarias a partir de resolución n.° 9340-2010 de Sala Constitucional.
Jueves, Octubre 18, 2012
Normativa interna de partidos políticos no debe contradecir reglas democráticas, como igualdad del sufragio reflejado en máxima “one person, one vote”. Obligación de cumplir con principio de unidad o simultaneidad del acto comicial como garante de igualdad del sufragio.
Viernes, Junio 24, 2011
En esta decisión la Cámara Nacional Electoral sostuvo que en el marco de los procesos electorales internos- la vigencia del principio de publicidad de los actos partidarios constituye el medio de asegurar el derecho a participar, con adecuadas garantías, de todos aquellos que pretenden intervenir en la lid electoral.
Lunes, Mayo 24, 2010
Principio de Trascendencia para la admisibilidad de las reclamaciones de nulidad de directorios de organizaciones intermedias. Vicios en que se funda, deben ser de una entidad necesaria para influir en el resultado general de la votación
Viernes, Diciembre 3, 2010
Nulidad de elecciones. Infracción de reglamentos internos de elecciones. Manifestación de la voluntad de los electores. Preclusión.
Martes, Diciembre 21, 2010
Principio de seguridad jurídica para la admisibilidad de las reclamaciones de nulidad de directorios de organizaciones intermedias. Vicios en que se funda, deben ser de una entidad suficiente. Fe pública en el proceso electoral