Viernes, Febrero 19, 2010
La solicitud de vacancia se sustentaba en el hecho de que los regidores se designaron como miembros de la junta general de accionistas de la empresa municipal de transportes, además de designar a los miembros del directorio y al gerente municipal.
Viernes, Febrero 19, 2010
Se le imputaba al regidor la emisión de numerosos memorandos relativos a asignación de funciones, situación del personal, donación de combustible, racionamiento para servidores municipales, apoyo a otras instituciones, disposición de actividades y otras con carácter administrativo.
Miércoles, Febrero 24, 2010
Se solicitaba la vacancia del alcalde por la suscripción de un convenio de cooperación interinstitucional con el Sistema Metropolitano de Solidaridad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con la finalidad de establecer una alianza estratégica mediante el funcionamiento del Hospital de la Solidaridad en la ciudad de Tacna.
Miércoles, Febrero 24, 2010
Se solicitaba la vacancia de la autoridad municipal debido a que habría contratado a su pariente en segundo grado de afinidad. El Jurado Nacional de Elecciones precisa que no es posible declarar nulo el acto o procedimiento que, encontrándose viciado, favorece a la parte que invoca la nulidad.
Miércoles, Marzo 3, 2010
Se solicitaba la vacancia del regidor debido a que se le imputaba la contratación de sus hijos en el gobierno local. Con relación a la existencia de dicha relación contractual, se indica que si bien las planillas de jornales de personal eventual en la que constan la huella dactilar y nombre de los parientes obran en copia simple, cabe mencionar que el regidor cuya vacancia se solicita no ha negado la autenticidad de dichos documentos ni tampoco ha negado que dichos ciudadanos hayan laborado en el gobierno local.
Martes, Abril 26, 2011
Si bien se ha acreditado la existencia de infracción a la Ley Orgánica de Municipalidades, es decir la contratación de bienes municipales por parte del alcalde, ello no conlleva la declaración de la vacancia de su cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco.
Lunes, Diciembre 12, 2011
La potestad sancionadora de la autoridad electoral en materia de financiamiento de las organizaciones políticas no es absoluta, sino que está limitada por principios como el de legalidad y el ne bis in ídem y el derecho al debido procedimiento administrativo.