[1] [2] _________________ Actor: Partido de la Revolución DemocráticaAutoridad Responsable: -Clave - No Jurisprudencia: Jurisprudencia 1/2013Rubro: REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD PARA DIPUTADOS DE MAYORÍA RELATIVA. NO ES NECESARIO PERTENECER A LA SECCIÓN ELECTORAL DEL DISTRITO POR EL QUE SE POSTULA.Texto: De una interpretación gramatical, sistemática y funcional de los artículos 55 y 56 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, y 32, fracción I, de la Ley Electoral de Quintana Roo, se advierte que basta con que el ciudadano que pretenda ser registrado como candidato a Diputado por el Principio de Mayoría Relativa se encuentre inscrito en el Padrón Electoral Estatal de Quintana Roo; pues tales dispositivos no exigen como requisito de elegibilidad, que pertenezca a una de las secciones electorales del Distrito Electoral en que se pretende postular; máxime, si la sección electoral donde se encuentra inscrito el ciudadano, pertenece al mismo Municipio.Precedente: Juicio de Nulidad JUN/001/2013. Promovente: Partido de la Revolución Democrática. 26 de julio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Magistrado José Carlos Cortés Mugártegui. Juicio de Nulidad JUN/003/2013. Promovente: Partido de la Revolución Democrática. 26 de julio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Magistrado Víctor Venamir Vivas Vivas. Juicio de Nulidad JUN/002/2013. Promovente: Partido de la Revolución Democrática. 31 de julio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Magistrada Sandra Molina Bermúdez. [1] https://www.te.gob.mx/juriselectoral/Juris/print/1061 [2] https://www.te.gob.mx/juriselectoral/Juris/printpdf/1061