[1] [2] ________________ Actor: Carlos Alejandro Ramírez ZavalaAutoridad Responsable: Consejo General del Instituto Electoral del Estado de GuanajuatoRubro: CANDIDATO. EL DERECHO A SER POSTULADO ES OPCIONAL DEL CIUDADANO QUE PUEDE LIBREMENTE DECIDIR SI LO EJERCE O NO.Texto: La renuncia de un candidato en el momento que se encuentra postulado y previo a la jornada electoral, debe ser aceptada por el órgano electoral, por lo que no puede prohibirse a un ciudadano renunciar a una candidatura, pues ello sería una cuestión contranatural del derecho democrático y la participación ciudadana, la cual debe ser y ejercerse, de manera libre y sin mayores restricciones que las razonables y proporcionales.Precedente: Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano número TEEG-JPDC-38/2015. Actor: Carlos Alejandro Ramírez Zavala. Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato. Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato. Magistrado Ponente Héctor René García Ruiz. Cinco de junio de dos mil quince. [1] https://www.te.gob.mx/juriselectoral/Juris/print/1034 [2] https://www.te.gob.mx/juriselectoral/Juris/printpdf/1034