>>>REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD PARA DIPUTADOS DE MAYORÍA RELATIVA. NO ES NECESARIO PERTENECER A LA SECCIÓN ELECTORAL DEL DISTRITO POR EL QUE SE POSTULA.

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Actor: 
Partido de la Revolución Democrática
Autoridad Responsable: 
-
Clave - No Jurisprudencia: 
Jurisprudencia 1/2013
Rubro: 
REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD PARA DIPUTADOS DE MAYORÍA RELATIVA. NO ES NECESARIO PERTENECER A LA SECCIÓN ELECTORAL DEL DISTRITO POR EL QUE SE POSTULA.
Texto: 
De una interpretación gramatical, sistemática y funcional de los artículos 55 y 56 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, y 32, fracción I, de la Ley Electoral de Quintana Roo, se advierte que basta con que el ciudadano que pretenda ser registrado como candidato a Diputado por el Principio de Mayoría Relativa se encuentre inscrito en el Padrón Electoral Estatal de Quintana Roo; pues tales dispositivos no exigen como requisito de elegibilidad, que pertenezca a una de las secciones electorales del Distrito Electoral en que se pretende postular; máxime, si la sección electoral donde se encuentra inscrito el ciudadano, pertenece al mismo Municipio.
Precedente: 
Juicio de Nulidad JUN/001/2013. Promovente: Partido de la Revolución Democrática. 26 de julio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Magistrado José Carlos Cortés Mugártegui. Juicio de Nulidad JUN/003/2013. Promovente: Partido de la Revolución Democrática. 26 de julio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Magistrado Víctor Venamir Vivas Vivas. Juicio de Nulidad JUN/002/2013. Promovente: Partido de la Revolución Democrática. 31 de julio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Magistrada Sandra Molina Bermúdez.
Inklusion
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