regresar
acerca de nosotros

SENTENCIAS, TESIS Y JURISPRUDENCIAS

TEMA: CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD

COMUNIDADES INDÍGENAS. ANTE LA AUSENCIA DE REGULACIÓN LEGAL DE SUS DERECHOS, DEBE APLICARSE LO DISPUESTO EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES

Se advierte que el derecho fundamental al autogobierno, es una manifestación de la libre determinación de los pueblos indígenas, razón por la cual toda autoridad del Estado mexicano tiene la obligación de respetarlo, protegerlo, garantizarlo y promoverlo.

TEMA: AUTOADSCRIPCIÓN Y AUTONOMÍA

COMUNIDADES INDÍGENAS. EL PRINCIPIO DE MAXIMIZACIÓN DE LA AUTONOMÍA IMPLICA LA SALVAGUARDA Y PROTECCIÓN DEL SISTEMA NORMATIVO INTERNO

Se advierte que debe reconocerse el derecho a la libre determinación de los pueblos y las comunidades indígenas, buscando su máxima protección y permanencia.

TEMA: AUTOADSCRIPCIÓN Y AUTONOMÍA

SISTEMAS NORMATIVOS INDÍGENAS. IMPLICACIONES DEL DERECHO DE AUTODISPOSICIÓN NORMATIVA

Se advierte que los pueblos y las comunidades indígenas tienen derecho a la libre determinación y que una de sus expresiones más importantes consiste en la facultad de autodisposición normativa, en virtud de la cual, tienen la facultad de emitir sus propias normas jurídicas a efectos de regular las formas de convivencia interna.

TEMA: AUTOADSCRIPCIÓN Y AUTONOMÍA

PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS. SUS SISTEMAS NORMATIVOS INTERNOS NO PUEDEN LIMITARSE, AÚN CUANDO LA LEGISLACIÓN LOCAL DESCONOZCA SU DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN (LEGISLACIÓN DE CHIAPAS)

Los usos y costumbres son la forma en que los pueblos indígenas aplican y observan, al interior de sus comunidades, sus sistemas normativos tradicionales; por lo que todas las autoridades sin distinción, tienen el deber de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, quedando prohibida toda discriminación por origen étnico.

TEMA: AUTOADSCRIPCIÓN Y AUTONOMÍA

COMUNIDADES INDÍGENAS. EL CRITERIO DE AUTOADSCRIPCIÓN ES SUFICIENTE PARA RECONOCER A SUS INTEGRANTES

Se desprende que este tipo de comunidades tienen el derecho individual y colectivo a mantener y desarrollar sus propias características e identidades, así como a reconocer a sus integrantes como indígenas y a ser reconocidas como tales. 

Inklusion
Loading